La nueva convocatoria contempla subvenciones de hasta 9.000 euros para el establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas, ayudas adicionales por relevo generacional y 2.500 euros para prolongar la actividad por cuenta propia.
Desde OPA Extremadura continuamos acercando información sobre los recursos y oportunidades disponibles para impulsar el emprendimiento y favorecer la consolidación del trabajo autónomo en nuestra región.
En esta ocasión, compartimos una infografía informativa sobre los Programas I y V de las subvenciones para el fomento y consolidación del empleo autónomo en Extremadura, correspondientes a la convocatoria 2026-2027.
Estas ayudas, reguladas por el Decreto 39/2024, de 30 de abril, modificado por el Decreto 154/2026, de 28 de julio, contemplan diferentes medidas de apoyo al establecimiento y mantenimiento de actividades profesionales por cuenta propia.
Programa I: ayudas para iniciar una actividad por cuenta propia
El Programa I está dirigido a personas desempleadas que inicien una actividad como trabajadoras autónomas en Extremadura y cumplan los requisitos establecidos en la normativa.
Las cuantías varían según las características de las personas beneficiarias:
- 9.000 euros: para mujeres desempleadas y hombres desempleados con discapacidad.
- 7.500 euros: para hombres desempleados pertenecientes a determinados colectivos prioritarios, como menores de 30 años, mayores de 44 años, personas paradas de larga duración o con domicilio de actividad en municipios de menos de 5.000 habitantes.
- 6.000 euros: para el resto de hombres desempleados que no se encuentren incluidos en los grupos prioritarios anteriores.
Mayores incentivos para el relevo generacional
Una de las novedades más destacadas es el incremento de las ayudas destinadas a favorecer la continuidad de negocios mediante el relevo generacional.
La normativa contempla una ayuda adicional de 4.000 euros por adquisición de un negocio mediante relevo generacional, que puede incrementarse en otros 2.000 euros cuando la actividad se desarrolle en un municipio de menos de 10.000 habitantes.
Asimismo, se mantiene un incentivo adicional de 1.000 euros para determinados supuestos de establecimiento en municipios de menos de 5.000 habitantes.
Estas medidas contribuyen a favorecer la continuidad de actividades económicas y a impulsar el emprendimiento en los municipios extremeños, especialmente en el ámbito rural.
Programa V: ayudas para consolidar el trabajo autónomo
El Programa V establece una subvención adicional de 2.500 euros para las personas beneficiarias del Programa I que mantengan su alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o mutualidad alternativa durante 12 meses adicionales al período obligatorio ordinario de 24 meses.
Esta medida está orientada a favorecer la continuidad y consolidación de los proyectos profesionales iniciados por cuenta propia.
Las ayudas de los programas I, III y V pueden acumularse cuando se cumplan los requisitos establecidos, pudiendo alcanzar una cuantía máxima conjunta de 20.420 euros, incluidos los incrementos que correspondan.
Plazos de solicitud y convocatoria
La convocatoria 2026-2027 permanecerá abierta hasta el 11 de octubre de 2027.
Con carácter general, las solicitudes deben presentarse desde la fecha de inicio de la actividad o alta correspondiente y durante los cinco meses naturales siguientes al mes de inicio, dentro del período de vigencia de la convocatoria.
La solicitud del Programa V se presenta conjuntamente con la del Programa I.
OPA Extremadura continúa acercando información sobre el trabajo autónomo
Estas ayudas constituyen un recurso de interés para las personas que desean iniciar una actividad profesional por cuenta propia, asumir el relevo de un negocio o consolidar su proyecto empresarial.
Desde OPA Extremadura, en el marco de la Campaña de Difusión del Programa de Estímulo a la Creación y Consolidación del Trabajo Autónomo de Extremadura 2024-2027, seguimos trabajando para dar a conocer estas oportunidades y facilitar el acceso a información útil, clara y accesible.
Consulta nuestra infografía sobre los Programas I y V, en la que resumimos las principales cuantías, personas beneficiarias, incrementos adicionales y plazos de solicitud.
Más información:
- Convocatoria 2026-2027: Resolución de 28 de septiembre de 2026, publicada en el DOE de 9 de octubre de 2026.
- Órgano gestor: Servicio de Economía Social y Autoempleo.
- Correo para consultas e incidencias: autoempleo.sexpe@juntaex.es
La información tiene carácter divulgativo. Para conocer los requisitos y condiciones de acceso a las ayudas, debe consultarse la normativa reguladora y la convocatoria oficial.


